Centro de Conciliaci贸n, Arbitraje y Amigable Composici贸n:
Centro de Conciliaci贸n, Arbitraje y Amigable Composici贸n Es el operador de Mecanismos Alternativos de Soluci贸n de Conflictos (MASC), autorizado y avalado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, ofreciendo a la comunidad de la jurisdicci贸n una opci贸n diferente, 谩gil y efectiva para resolver las controversias.
Es una forma directa y civilizada de solucionar conflictos o diferencias que surjan entre las personas, por virtud de una relaci贸n contractual o de otra naturaleza, que sea susceptible de transacci贸n o desistimiento y en la cual la definici贸n de la situaci贸n corresponde a las partes, quienes a trav茅s de la mediaci贸n de un tercero experto e imparcial, que propicia un espacio de di谩logo, pueden lograr un acuerdo amistoso y de mutuo beneficio, con pleno efecto jur铆dico.
La C谩mara de Comercio del Piedemonte Araucano, como entidad l铆der en la utilizaci贸n y promulgaci贸n de los m茅todos alternos de soluci贸n de conflictos, cuenta con un Centro de Conciliaci贸n, Arbitraje y Amigable Composici贸n, debidamente autorizado el funcionamiento mediante la resoluci贸n n煤mero 0013 de fecha 21 de Junio de 1996 del Ministerio de Justicia y del Derecho, y mediante resoluci贸n 1265 del 6 de Agosto de 2004 se autoriz贸 la adecuaci贸n del centro El Centro est谩 comprometido en la consolidaci贸n de una Cultura af铆n con el acceso oportuno y eficaz a la justicia; maneja la resoluci贸n de conflictos jur铆dicos interpersonales, interinstitucionales, empresariales y dem谩s de 铆ndole privado, a trav茅s sus servicios:
- Conciliaci贸n
- Arbitraje
- Asesor铆as a la medida
De conformidad con el art铆culo 228 de la Constituci贸n Nacional y el art铆culo 1 de la Ley 270 de 1996 la administraci贸n de justicia es una funci贸n p煤blica. Al respecto la Corte Constitucional en la sentencia C-1038 de 2002, que cita a la sentencia SU-600 de 1999, menciona que por la importancia de las funciones que desarrollan los centros de conciliaci贸n y/o arbitraje su actividad implica el ejercicio de una funci贸n administrativa. En el mismo sentido, de acuerdo con el art铆culo 116 de la Constituci贸n Nacional los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la funci贸n de administrar justicia en la condici贸n de conciliadores o 谩rbitros y considerando que dichas personas deben estar inscritas en un centro de conciliaci贸n y/o arbitraje, la funci贸n p煤blica tanto de conciliadores y 谩rbitros, se desarrolla en los t茅rminos que determina la Ley. De acuerdo con lo anterior, los centros de conciliaci贸n y/o arbitraje son instituciones que cumplen una funci贸n administrativa, autorizadas por el Ministerio de Justicia y del Derecho, que coadyuvan a la administraci贸n de justicia y prestan a los conciliadores y/o 谩rbitros los recursos log铆sticos, f铆sicos, t茅cnicos y financieros necesarios para el desarrollo de sus funciones. Es en 煤ltimas un administrador y prestador de servicios.
Al acudir al Centro de Conciliaci贸n, Arbitraje y Amigable Composici贸n de la C谩mara de Comercio del Piedemonte usted podr谩 contar con: SEGURIDAD JUR脥DICA: Nuestros servicios se prestan bajo la normatividad constitucional y legal establecida.脡TICA: Todas las actuaciones en los procesos del CCCPA, son transparentes y justos.CALIDAD: Prestamos nuestros servicios con prontitud y eficiencia.
Como tambi茅n:
- Especializaci贸n e idoneidad聽Reconocidos abogados especialistas en diferentes 谩reas del derecho y expertos en MASC.
- Imparcialidad y confianza聽Profesionales independientes, Posibilidad de designar 谩rbitros y amigables componedores de com煤n acuerdo.
- Privacidad y confidencialidad聽S贸lo tiene acceso al expediente quien demuestre un inter茅s en el proceso.
- Menor tiempo y menores costos聽Desde la presentaci贸n del proceso hasta la soluci贸n, Imposibilidad de que la contraparte utilice el tiempo como estrategia de negociaci贸n.
- Calidad y plenos efectos legales聽Flexibilidad procesal, M茅rito ejecutivo y tr谩nsito a cosa juzgada.
- Menores riesgos聽Disminuci贸n de las probabilidades de que la contraparte se declare insolvente, Posibilidad de solicitar la pr谩ctica de medidas cautelares.
- Protecci贸n de la imagen聽Ante inversionistas y el mercado p煤blico de valores.
1) Radicaci贸n de la solicitud聽Previo a la presentaci贸n de la solicitud, se deber谩 cancelar en las ventanillas de atenci贸n los derechos y honorarios correspondientes de acuerdo con la tarifa expedida por el Gobierno Nacional. El formato debe diligenciarse debidamente. No requiere presentaci贸n personal. Si una o ambas partes son personas jur铆dicas deber谩 acompa帽arse de los certificados de existencia y representaci贸n legal y de cualquier otro documento que se considere pertinente para el buen desarrollo de la audiencia.
2) Verificaci贸n formal de la solicitud聽La realiza el Director del Centro al d铆a siguiente de haber sido presentada. Si del relato de los hechos se desprende que el asunto no es transigible, mediante comunicaci贸n se le har谩 saber al convocante y se le expedir谩 la constancia de ley.
3) Citaciones a las Partes y al Conciliador聽El Centro se帽alar谩 el d铆a y la hora para llevar a cabo la audiencia. Por lo general 茅sta se realiza dentro de los diez (10) d铆as h谩biles siguientes contados a partir de la presentaci贸n de la solicitud. Las citaciones ser谩n enviadas a las correspondientes direcciones que la parte convocante haya suministrado. El conciliador es designado por el Centro de Conciliaci贸n y Arbitraje de acuerdo con el reglamento interno.
4) Celebraci贸n de la audiencia聽La audiencia inicia a la hora se帽alada. Por mandato legal, la asistencia de las personas interesadas es obligatoria, pudiendo asistir con sus apoderados. Esta obligatoriedad tiene dos excepciones, la primera, cuando una de las partes se encuentre en el extranjero, y la segunda, cuando resida en Colombia pero en un domicilio diferente al del Centro de Conciliaci贸n donde fue citado. Si una de las partes no asiste, deber谩 excusarse debidamente dentro de los tres (3) d铆as h谩biles siguientes a la fecha de la audiencia. Si quien inasiste no se excusa, el conciliador levantar谩 la constancia que ordena la ley, generando unos efectos procesales en el eventual proceso judicial posterior. Las partes deben presentar f贸rmulas de acuerdo, hay que recordar que el conciliador no es juez, sino un facilitador de la voluntad de las partes.
5) Direcci贸n de la audiencia聽La direcci贸n de la audiencia le corresponde al conciliador. Las partes deben someterse a unas reglas m铆nimas para el buen desarrollo de ella: Respeto por el uso de la palabra, respeto hacia las mismas partes, disposici贸n del tiempo necesario para llegar a un acuerdo.
6) Finalizaci贸n de la audiencia聽Si la audiencia termina por acuerdo, se levantar谩 un acta, firmada por las partes intervinientes y el conciliador, la cual tiene plenos efectos legales. Si la audiencia fracasa, se levantar谩 la constancia pertinente, quedando las partes en plena libertad de acudir a la justicia ordinaria para dirimir el conflicto o firmar un pacto arbitral para que las diferencias sean sometidas a un 谩rbitro, el cual expedir谩 un fallo (laudo) con los mismos efectos de una sentencia.
7) Revisi贸n y Registro del Acta聽El acta deber谩 ser revisada y registrada por el Centro de Conciliaci贸n. Sin este requisito no tendr谩 efectos legales. A las partes se les entregar谩 copia aut茅ntica con la constancia de que presta m茅rito ejecutivo.
De 0 a 2.00.000 | $68.900 |
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De 2.000.001 a 5.000.000 | $114.900 |
De 5.000.001 a 8.000.000 | $160.900 |
De 8.000.001 a 11.000.000 | $206.800 |
De 11.000.001 a 14.000.000 | $252.800 |
De 14.000.001 a 17.000.000 | $298.800 |
De 17.000.001 a 20.000.000 | $344.800 |
De 20.000.001 a 50.000.000 | $425.000 |
De 50.000.001 a 70.000.000 | $700.000 |
De 70.000.001 a EN ADELANTE | 11,00 % |
Centro de Conciliaci贸n, Arbitraje y Amigable Composici贸n:聽Centro de Conciliaci贸n, Arbitraje y Amigable Composici贸n Es el operador de Mecanismos Alternativos de Soluci贸n de Conflictos (MASC), autorizado y avalado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, ofreciendo a la comunidad de la jurisdicci贸n una opci贸n diferente, 谩gil y efectiva para resolver las controversias.
CENTRO DE CONCILIACION -聽PREGUNTAS FRECUENTES
- 驴Qu茅 es la conciliaci贸n?
Es un mecanismo de soluci贸n de conflictos a trav茅s del cual, dos o m谩s personas gestionan por s铆 mismas la soluci贸n de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral, denominado conciliador.
- 驴D贸nde se puede conciliar?
Las personas involucradas en un conflicto, que sea transigible, desistible o conciliable pueden acudir ante los siguientes conciliadores:
- Si su conflicto es civil o comercial: Solicite la conciliaci贸n ante conciliadores de los centros de conciliaci贸n, delegados regionales y seccionales de la Defensor铆a del Pueblo, agentes del ministerio p煤blico en materia civil y notarios. A falta de todos los anteriores, en el respectivo municipio esta conciliaci贸n podr谩 ser adelantada por los personeros y por los jueces civiles o promiscuos municipales.
- Si su conflicto es de familia: Solicite la conciliaci贸n ante conciliadores de los centros de conciliaci贸n, defensores de familia, comisarios de familia, delegados regionales y seccionales de la defensor铆a del pueblo, agentes del ministerio p煤blico ante las autoridades judiciales y administrativas en asuntos de familia y notarios. A falta de todos los anteriores, en el respectivo municipio esta conciliaci贸n podr谩 ser adelantada por los personeros y por los jueces civiles o promiscuos municipales.
- Si su conflicto es laboral: Solicite la conciliaci贸n ante inspectores de trabajo, delegados regionales y seccionales de la defensor铆a del pueblo, agentes del ministerio p煤blico en materia laboral. A falta de todos los anteriores, en el respectivo municipio esta conciliaci贸n podr谩 ser adelantada por los personeros y por los jueces civiles o promiscuos municipales.
- Si su conflicto es contencioso administrativo: Solicite la conciliaci贸n ante procuradores judiciales asignados a esta jurisdicci贸n.
- 驴Es obligatorio intentar la conciliaci贸n?
Intentar la conciliaci贸n es obligatoria cuando por virtud de la ley 640 es requisito de procedibilidad, es decir, sin la cual no se puede acudir a la jurisdicci贸n sin haber intentado inicialmente una conciliaci贸n. Toda vez que la misma ser谩 causal de rechazo de la demanda; la conciliaci贸n es requisito de procedibilidad en los siguientes procesos: civil y de familia.
- 驴Con la conciliaci贸n ya no hay proceso?
La conciliaci贸n es un mecanismo alternativo de soluci贸n de conflictos y por tal cuando se llega a un acuerdo, que hace tr谩nsito a cosa juzgada y presta merito ejecutivo, por lo tanto, las partes no podr谩n acudir a la jurisdicci贸n a ventilar los mismos hechos, lo podr谩n hacer en el evento en que el acuerdo conciliatorio sea parcial, entonces s铆 podr谩n acudir ante la jurisdicci贸n, pero solo a ventilar la parte del conflicto que no se concili贸.
- 驴El tr谩mite de conciliaci贸n es demorado?
Es un mecanismo 谩gil si se compara con un proceso judicial y en raz贸n de eso las partes van a realizar un ahorro significativo en t茅rminos de tiempo. El tr谩mite en s铆 no es demorado, pero puede variar dependiendo del centro o conciliador que lo haga.
- 驴Qu茅 debo hacer para conciliar?
Partiendo de la existencia de un conflicto las partes pueden acudir a un centro de conciliaci贸n, abogado conciliador, funcionario p煤blico conciliador o notario, de com煤n acuerdo o unilateralmente; la forma de solicitud de la audiencia de conciliaci贸n puede variar seg煤n el conciliador, pero en t茅rminos generales se trata de un escrito que debe contener los hechos y lo que se pretende conseguir en la conciliaci贸n, valga decir unas pretensiones.
- 驴Para qu茅 se concilia?
La conciliaci贸n es un medio alternativo de soluci贸n de conflictos 谩gil y econ贸mico en t茅rminos de tiempo y dinero, adem谩s es una alternativa que no es desgastante para las partes ya que no van a tener que estar acudiendo a un juzgado en repetidas ocasiones, sino que en una sola o tres cesiones van a solucionar los conflictos.
- 驴Se puede conciliar por medio de apoderado?
De acuerdo con el art铆culo 1 de la Ley 640 de 2001, las partes deben comparecer personalmente a la audiencia, a menos que alguna de ellas no est茅 en el circuito judicial del lugar donde se vaya a celebrar la misma o se encuentre en el extranjero, en cuyo caso la audiencia podr谩 celebrarse con la sola presencia de un apoderado debidamente facultado para conciliar. Sin perjuicio de lo anterior, el conciliador valorar谩 las condiciones particulares de las partes para admitir o no el apoderado.
- 驴Qu茅 se requiere para ser conciliador?
El conciliador que act煤e en derecho deber谩 ser abogado titulado, salvo cuando se trate de conciliadores de centros de conciliaci贸n de consultorios jur铆dicos de las facultades de derecho y de los personeros municipales y de los notarios que no sean abogados titulados. Adicionalmente los abogados deben acreditar la capacitaci贸n en mecanismos alternativos de soluci贸n de conflictos avalada por el Ministerio del Interior y de Justicia e inscribirse ante un centro de conciliaci贸n. Sin estos requisitos no pueden conciliar. Adem谩s, son conciliadores los funcionarios p煤blicos habilitados por la ley para conciliar y los notarios, en algunos casos sin ser abogados o tener la capacitaci贸n en conciliaci贸n.
- 驴Qu茅 obligaciones tiene el conciliador?
De acuerdo al art铆culo 8掳 de la ley 640, los conciliadores tienen como obligaciones el citar a las partes; hacer concurrir a quienes, en su criterio, deban asistir a la audiencia; ilustrar a los comparecientes sobre el objeto, alcance y l铆mites de la conciliaci贸n; motivar a las partes para que presenten f贸rmulas de arreglo con base en los hechos tratados en la audiencia; formular propuestas de arreglo; levantar el acta de la audiencia de conciliaci贸n; registrar el acta de conciliaci贸n; velar porque no se menoscaben los derechos ciertos e indiscutibles, as铆 como los derechos m铆nimos e intransigibles.
- 驴C贸mo se selecciona el conciliador?
La selecci贸n del conciliador se puede realizar por mutuo acuerdo entre las partes; a prevenci贸n, cuando se acuda directamente a un abogado conciliador inscrito ante los centros de conciliaci贸n quienes hacen las conciliaciones en sus oficinas; por designaci贸n que haga el centro de conciliaci贸n; por solicitud que haga el requirente ante los servidores p煤blicos facultados para conciliar.
- 驴Qu茅 inhabilidades tiene quien obra como conciliador?
Se帽ala el art铆culo 17 de la ley 640 que el conciliador no podr谩 actuar como 谩rbitro, asesor o apoderado de una de las partes intervinientes en la conciliaci贸n en cualquier proceso judicial, o arbitral durante un a帽o a partir de la expiraci贸n del t茅rmino previsto para la misma. Esta prohibici贸n ser谩 permanente en la causa en que haya intervenido como conciliador.
- 驴Qui茅n vigila a los conciliadores?
Inicialmente la ley 640 estableci贸 que el Ministerio del Interior y de Justicia ser铆a quien se encargar铆a de vigilar a los conciliadores, sin embargo, la Corte Constitucional estableci贸 en la Sentencia C-917 de 2002 que esta facultad dada al Ministerio iba en contra de la independencia de poderes en raz贸n a que los conciliadores realizan funciones jurisdiccionales de manera transitoria y por tal su control ser谩 por parte del Consejo Superior de la Judicatura.
- 驴La conciliaci贸n tiene l铆mite por la cuant铆a?
Siempre que el asunto sea conciliable seg煤n la ley no se atiende a la cuant铆a para realizarla, diferente es que en los centros de conciliaci贸n de los consultorios jur铆dicos sea necesario indagar sobre la capacidad econ贸mica de los solicitantes, y un indicio de esta capacidad podr谩 ser la cuant铆a del asunto. Adem谩s, los estudiantes conciliadores de los centros de conciliaci贸n de los consultorios jur铆dicos solo podr谩n realizar conciliaciones hasta el l铆mite de cuant铆a que sea competencia de los consultorios jur铆dicos.
- 驴Los delitos se pueden conciliar?
La conciliaci贸n en asuntos penales est谩 permitida para los delitos que admitan desistimiento o indemnizaci贸n integral, se puede realizar extra-proceso o ante un centro de conciliaci贸n o notar铆a y allegar el acta al proceso, durante cualquier etapa antes de sentencia. Son delitos desistibles los que requieren querella es decir petici贸n de parte, si lo podemos llamar as铆, por ejemplo, las lesiones personales sin secuelas o calumnia. Y la indemnizaci贸n integral procede en los delitos que admiten desistimiento, es decir los querellables, as铆 mismo en las lesiones personales culposas no agravadas o lesiones personales no agravadas, en lesiones personales dolosas con lesiones transitorias, en los delitos contra los derechos de autor o los delitos contra el patrimonio econ贸mico cuando la cuant铆a no exceda de 200 salarios m铆nimos legales.
- 驴Qu茅 materias son susceptibles de conciliaci贸n?
Se podr谩n conciliar todas las materias que sean susceptibles de transacci贸n, desistimiento y conciliaci贸n. Es decir, principalmente los asuntos que versen sobre asuntos econ贸micos.
- 驴Se puede conciliar sobre el estado civil de las personas?
Seg煤n el art铆culo 1掳 del Decreto 1260 de 1970, el estado civil es indisponible, por tal raz贸n las personas no pueden conciliar sobre si se es casado o no, o conciliar la calidad de hijo, por ejemplo.
- 驴Cu谩nto cuesta la conciliaci贸n?
La conciliaci贸n no tiene costo en los centros de conciliaci贸n de los consultorios jur铆dicos, entidades p煤blicas o funcionarios p煤blicos habilitados por la ley para conciliar. Para los centros de conciliaci贸n de las personas jur铆dicas sin 谩nimo de lucro y notarios el Gobierno Nacional fij贸 las tarifas que pueden cobrar por medio del Decreto 024 de 2002.
- 驴En d贸nde se consagra la conciliaci贸n cuando hay acuerdo?
Cuando se llega a un acuerdo se debe expedir por parte del conciliador un acta que debe contener unos requisitos b谩sicos como identificaci贸n de las partes; lugar, fecha y hora de la audiencia; identificaci贸n del conciliador; hechos que originaron el conflicto; y el acuerdo con indicaci贸n de la cuant铆a y el modo en que se van a cumplir las obligaciones emanadas de dicho acuerdo.
- 驴C贸mo puede ser el acuerdo?
El acuerdo puede ser total o parcial, el primero si las partes concilian todas las pretensiones y el segundo si el acuerdo solo comprende una parte del conflicto, en el segundo caso se puede acudir a la jurisdicci贸n para que un juez decida sobre la parte parcial del conflicto que no se concili贸. Como se se帽al贸 anteriormente el acuerdo parcial o total debe ir consignado en un acta.
- 驴La conciliaci贸n que se lleva a cabo se debe aprobar u homologar?
En principio las actas de conciliaci贸n no necesitan de aprobaciones posteriores por ninguna autoridad, la excepci贸n es en materia de lo contencioso administrativo la ley exige que las actas en esta materia se remitir谩n a m谩s tardar dentro de los tres d铆as siguientes de la celebraci贸n, al juez o corporaci贸n que fuere competente para conocer de la acci贸n judicial respectiva, a efecto de que se imparta su aprobaci贸n o improbaci贸n.
- 驴C贸mo se actualiza el acta?
Esto se refiere a las obligaciones peri贸dicas que emanan del acta, por ejemplo, en las que tratan de alimentos, es muy importante que en al acta se diga de qu茅 manera se va a actualizar el valor de la cuota alimentaria, por lo general se actualizan a帽o por a帽o de acuerdo a factores como el 铆ndice de precios al consumidor o el aumento del salario m铆nimo mensual. De no expresarse en el acta la forma de actualizarse las obligaciones peri贸dicas, la suma ser谩 est谩tica en perjuicio de la parte a favor de quien se paga la cuota.
- 驴Cu谩nto dura el acuerdo?
El acuerdo hace tr谩nsito a cosa juzgada y por tal, lo que all铆 se consigne debe cumplirse; es diferente tambi茅n en el tema de alimentos ya que aquellos acuerdos sobre estos, hacen tr谩nsito a cosa juzgada formal en raz贸n de que las circunstancias que dieron lugar a la fijaci贸n de la cuota puede cambiar y en el momento que se solicite se puede modificar el acuerdo. El acuerdo tambi茅n dura hasta que las partes de com煤n acuerdo decidan cambiarlo por otro.
- 驴Qu茅 pasa si no se cumple el acuerdo?
El acta de conciliaci贸n presta m茅rito ejecutivo, por tal raz贸n, en el evento de incumplimiento, la parte que se ve perjudicada puede acudir directamente a la jurisdicci贸n mediante el proceso ejecutivo, para que se haga cumplir el acuerdo.
- 驴Cu谩l es el t铆tulo para ejecutar?
El t铆tulo es la misma acta de conciliaci贸n que presta m茅rito ejecutivo, con ella se acude al juez civil, laboral o contencioso administrativo para el respectivo proceso. Pero con una caracter铆stica especial, debe ser un acta con constancia de ser la primera copia expedida por el centro de conciliaci贸n.
- 驴Qu茅 se hace con el acta?
Se帽ala la ley 640 que, logrado el acuerdo conciliatorio por un conciliador del centro de conciliaci贸n, dentro de los dos d铆as siguientes al de la audiencia, debe registrarse el acta ante el centro al cual se encuentre inscrito. Cuando es en materia contencioso administrativa una vez registrada el acta, el centro la env铆a al respectivo funcionario para su aprobaci贸n.
- 驴Qui茅n expide la constancia?
Seg煤n lo expresa la ley 640, la constancia debe ser expedida por el conciliador.
- 驴Qu茅 debe contener la constancia?
En la constancia se indicar谩 la fecha de presentaci贸n de la solicitud, y la fecha en que se celebr贸 la audiencia o debi贸 celebrarse, y se expresar谩 sucintamente el asunto objeto de conciliaci贸n.
- 驴En qu茅 casos se debe expedir una constancia?
Seg煤n lo expresa la ley 640, la constancia se debe expedir cuando se efectu贸 la audiencia sin que se logre acuerdo. Cuando las partes o una de ellas no asista a la audiencia, caso en el cual se debe indicar en la constancia las excusas por la inasistencia si las hubiere; igualmente cuando se presente solicitud para la celebraci贸n de una audiencia de conciliaci贸n, y el asunto no sea conciliable conforme a la ley, en este caso la constancia se debe expedir dentro de los diez d铆as calendario siguientes a la presentaci贸n de la solicitud.
- 驴Los conciliadores que deben hacer con la constancia?
Cuando es un funcionario p煤blico con facultad para conciliar deben conservar las copias de las constancias que expidan, y si se trata de un conciliador de centro de conciliaci贸n, deben enviarla al respectivo centro para su control y archivo.
- 驴Los conciliadores pueden actuar independientemente o deben vincularse a un Centro de Conciliaci贸n?
Los conciliadores no pueden actuar independientemente, si se trata de abogado conciliador debe vincularse a un centro de conciliaci贸n, los conciliadores de consultorios jur铆dicos lo har谩n a trav茅s del centro de conciliaci贸n del consultorio, los notarios a trav茅s de la notar铆a.
- 驴Qui茅nes pueden crear centros de conciliaci贸n?
Las personas jur铆dicas sin 谩nimo de lucro, entidades p煤blicas, consultorios jur铆dicos de las facultades de derecho y facultades de ciencias humanas podr谩n crear centros de conciliaci贸n, previa autorizaci贸n del Ministerio de Justicia.
- 驴Qui茅n vigila los centros de conciliaci贸n?
El Ministerio del Interior y de Justicia ser谩 quien vigila a los Centros de Conciliaci贸n en lo que tiene que ver con los reglamentos, su funcionamiento, es decir toda la parte administrativa y obligaciones legales. Lo anterior tambi茅n en cumplimiento de la Sentencia C-917 de 2002 de la Corte Constitucional.
- 驴Qu茅 obligaciones tienen los centros de conciliaci贸n?
Los centros de conciliaci贸n deber谩n cumplir obligaciones tales como establecer su propio reglamento; organizar un archivo de actas y de constancias; contar con una sede dotada de los elementos administrativos y t茅cnicos necesarios para servir de apoyo al tr谩mite conciliatorio; organizar su propio programa de educaci贸n continuada en materia de mecanismos alternativos de soluci贸n de conflictos; remitir al Ministerio del Interior y de Justicia, en los meses de enero y julio, una relaci贸n del n煤mero de solicitudes radicadas, de las materias objeto de las controversias, del n煤mero de acuerdos conciliatorios y del n煤mero de audiencias realizadas en cada periodo. Igualmente, ser谩 obligaci贸n de los centros proporcionar toda la informaci贸n adicional que el Ministerio de Justicia y del Derecho le solicite en cualquier momento; registrar las actas que cumplan con los requisitos establecidos en el art铆culo 1掳 de esta ley y entregar a las partes las copias.
- 驴Qu茅 efectos tiene la solicitud de conciliaci贸n?
Trat谩ndose de la conciliaci贸n extrajudicial, la solicitud suspende el t茅rmino de prescripci贸n y de caducidad, seg煤n el caso, hasta que se logre el acuerdo conciliatorio o hasta que el acta de conciliaci贸n se haya registrado en los casos exigidos, o hasta que se cumplan los tres meses de plazo para fijar la fecha de conciliaci贸n que se cuentan desde la solicitud. Esta suspensi贸n operar谩 por una sola vez y ser谩 improrrogable.
- 驴Qu茅 pasa si solicito la audiencia y no asisto?
Se trata de audiencia extrajudicial en derecho, salvo en materias laboral, policiva, y de familia, si las partes o alguna de ellas no asiste a la audiencia y no justifica su inasistencia dentro de los tres d铆as siguientes, su conducta podr谩 ser considerada como indicio grave en contra de sus pretensiones o de sus excepciones de m茅rito en un eventual proceso judicial que verse sobre los mismos hechos. En materia laboral se presumir谩 que son ciertos los hechos susceptibles de confesi贸n en los cuales el actor basa sus pretensiones cuando el demandado ante la jurisdicci贸n laboral haya sido citado a audiencia de conciliaci贸n con arreglo a lo dispuesto en la ley y no comparezca, se exonera de la sanci贸n cuando justifica su inasistencia dentro de los tres d铆as siguientes. Cuando se trata de audiencia como requisito de procedibilidad, sin perjuicio de lo anterior, el juez ante quien se instaure la acci贸n impondr谩 multa hasta por valor de dos salarios m铆nimos legales a la parte que no haya justificado su inasistencia, la multa ser谩 a favor del Consejo Superior de la Judicatura.
37 驴Se puede practicar alg煤n tipo de medida cautelar en desarrollo de la audiencia extrajudicial?
La ley 640 establece que en materia de familia y si fuere urgente los defensores y los comisarios de familia, los agentes del ministerio p煤blico ante las autoridades judiciales y administrativas en asuntos de familia y los jueces civiles o promiscuos municipales podr谩n adoptar hasta por treinta d铆as, en caso de riesgo o violencia familiar, o de amenaza o de violaci贸n de los derechos fundamentales constitucionales de la familia o de sus integrantes, Las medidas provisionales previstas en la ley y que consideren necesarias, las cuales para su mantenimiento deber谩n ser refrendadas por el juez de familia. Los conciliadores de centros de conciliaci贸n, los delegados regionales y secci贸nales de la defensor铆a del pueblo, los personeros municipales y los notarios podr谩n solicitar al juez competente la toma de las medidas se帽aladas anteriormente. Si no se cumplen estas medidas por parte del sujeto pasivo de la medida ser谩 acreedor de una sanci贸n econ贸mica a favor del ICBF.
- 驴C贸mo se realiza la citaci贸n a la audiencia?
La citaci贸n a la audiencia deber谩 comunicarse a las partes por el medio que el conciliador considere m谩s expedito y eficaz, indicando sucintamente el objeto de la conciliaci贸n e incluyendo la menci贸n a las consecuencias jur铆dicas de la no comparecencia. El medio m谩s aconsejado es la entrega por medio de correo certificado.